El Oro

Estas son las principales competencias de los alcaldes electos para los próximos 4 años

Este 14 de mayo se posesionarán los 221 alcaldes elegidos el pasado 5 de febrero por la ciudadanía para los próximos cuatro años. El Código Orgánico de Descentralización y Organización Territorial (Cootad) establece que “el alcalde o alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del Gobierno autónomo descentralizado municipal, elegido por votación popular de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la ley de la materia electoral”.

Cuatro de los 221 alcaldes electos en los comicios de febrero pasado tienen menos de 29 años de edad
Entre las principales funciones de estas autoridades, según el Cootad, están las siguientes:

  • Ser el representante legal de ese nivel de gobierno y ejercer la facultad ejecutiva de forma exclusiva.
  • Convocar y presidir las sesiones del Concejo Municipal, para las que debe además proponer el orden del día.
  • Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón.
  • Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.
  • Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos y actividades de saneamiento ambiental.
  • Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal.
  • Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de los espacios públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo.
  • Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales.
  • Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana.
  • Presentar proyectos de ordenanzas municipales al Concejo y tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman impuestos dentro del cantón.
  • Diseñar un plan operativo anual y su proforma presupuestaria institucional correspondiente y el modelo de gestión administrativa, mediante el cual se debe ejecutar el plan cantonal de desarrollo, los planes de urbanismo y las obras públicas.
  • Delegar atribuciones y obligaciones al vicealcalde o vicealcaldesa, concejalas, concejales y funcionarios, además de los que ya están establecidos en la ley.
  • Suscribir contratos y la aprobación de los traspasos de partidas presupuestarias.
  • Dictar medidas de carácter urgente y transitorio en caso de una emergencia grave y dar cuenta de ellas al Concejo.
  • Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otras organizaciones la formulación y ejecución de políticas y planes locales sobre prevención, protección y seguridad ciudadana.
  • Presentar al Concejo y a los ciudadanos un informe anual escrito en el que rinda cuentas de su gestión. El informe debe incluir el estado de los servicios y obras públicas que se han hecho, los procedimientos que se usaron en su ejecución y los costos.
  • Organizar a los agentes de control municipal.

En los últimos comicios también se eligió a 23 prefectos y viceprefectos provinciales, 864 concejales urbanos, 443 concejales rurales, 4.109 vocales de las juntas parroquiales y 7 consejeros principales y suplentes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

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