Si fue seleccionado como Miembro de una Junta Receptora del Voto (MJRV) y no cumplió con sus obligaciones, debe justificar su inasistencia o cancelar las multas correspondientes, conforme lo dispone el Código de la Democracia y la normativa electoral vigente. Estas obligaciones y sanciones corresponden a procesos electorales anteriores.
Recuerde que la ley establece sanciones por no asistir a la capacitación obligatoria, no integrar una Junta Receptora del Voto o abandonar la mesa sin justificación. Las multas son de $47 por no capacitarse, $70,50, por no integrar la mesa entre $2.820 y $4.700 por abandono injustificado.
El Código de la Democracia, en su artículo 292, contempla seis causales para justificar la inasistencia: impedimento legal, problemas de salud, calamidad doméstica grave, ausencia del país, fuerza mayor y errores administrativos. Estas causales permiten exonerar la multa.
Para acceder a la justificación, el ciudadano debe presentar la documentación correspondiente en la Delegación Provincial Electoral de El Oro o de forma digital a través de www.cne.gob.ec.





















