La Corte Constitucional del Ecuador emitió la noche de este miércoles 24 de septiembre de 2025 un dictamen favorable que permite al Ejecutivo convocar a consulta popular para la instalación de una Asamblea Constituyente.
El pronunciamiento se dio luego de que la Presidencia de la República subsanara las observaciones realizadas en el dictamen 11-25-RC/25A, garantizando el cumplimiento de los requisitos de claridad y lealtad al elector.
En su resolución, el máximo órgano de control constitucional precisó que su labor no reemplaza la voluntad popular, sino que busca asegurar que el proceso se realice bajo reglas transparentes y con información clara para los ciudadanos.
La Corte constató que fueron corregidos los considerandos de la convocatoria, así como los artículos 4 y 5 del Estatuto para la elección, instalación y funcionamiento de la Asamblea Constituyente. También verificó que el nuevo artículo 19 remitido por el Ejecutivo cumple con los parámetros exigidos por la Constitución.
Con este dictamen, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá incluir en la papeleta de votación la pregunta, el estatuto y la tabla de distribución de asambleístas, a fin de que el electorado conozca con exactitud la conformación de la futura Asamblea.
El organismo aclaró que no le corresponde determinar la conveniencia política de la convocatoria ni evaluar si las reglas son las más adecuadas, sino velar porque la consulta popular cumpla los estándares básicos de un proceso democrático.
Finalmente, la Corte enfatizó que una Asamblea Constituyente representa un proceso de gran trascendencia histórica y no debe ser interpretada como un recurso del poder de turno ni como una estrategia coyuntural, en un país donde las constituciones han sido modificadas con frecuencia.