El presidente de la República, Daniel Noboa Azín, emitió el Decreto Ejecutivo N.º 354 mediante el cual se dispone la suspensión de la jornada laboral a nivel nacional el jueves 30 de abril de 2026, tanto para el sector público como privado.
La medida tiene como objetivo extender el feriado por el Día del Trabajo, que se conmemora el 1 de mayo, estableciendo así un periodo de descanso obligatorio desde el jueves 30 de abril hasta el domingo 3 de mayo de 2026.
Según el decreto, la jornada suspendida no será recuperable, lo que implica que los trabajadores no deberán compensar ese día posteriormente.
No obstante, el Gobierno garantizó la continuidad de los servicios públicos esenciales durante este periodo. Entre ellos se incluyen el suministro de agua potable, energía eléctrica, servicios de salud, atención de emergencias, transporte en terminales terrestres, aéreos y fluviales, así como la actividad bancaria. Para ello, las instituciones deberán asegurar personal mínimo operativo que permita atender las necesidades de la ciudadanía.
La disposición entrará en vigencia desde su suscripción, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial. El decreto fue firmado el 4 de abril de 2026 en la ciudad de Miami, Estados Unidos.





















