Las contradicciones en su propia declaración y en la de su testigo clave le condenaron. Bryan Rafael Rosas Sabando, alias Bryan Myers, de 30 años, fue sentenciado a 26 años de reclusión por el asesinato de un joven de 22 años, Andrehus Yasmani Valle Delgado, quien murió por la detonación de una especie de ‘collar de explosivos’ que le desprendió la cabeza, un crimen inédito en el país ocurrido la madrugada del domingo 20 de febrero de 2022 en el bloque 2 de Bastión Popular, noroeste de Guayaquil.
Una mayoría del Tribunal de Garantías Penales de Guayaquil dispuso la condena, tras escuchar los testimonios de Bryan Rafael, detenido el mismo día del crimen, y de su amigo Jefferson, alias Mudo, un hombre sordomudo de 30 años con quien él y la víctima libaban la noche del asesinato.
En la audiencia en la que se dictó la sentencia, al año de su muerte, el pasado 22 de febrero, el acusado rindió la versión que había postergado al menos en cuatro ocasiones. Se había mantenido en silencio pese a las insistencias de la Fiscalía, según consta en el proceso judicial. “Las veces que ha tenido que declarar nunca lo ha hecho, él era el amigo que andaba aquella noche con él”, contó Rosana Delgado, la madre de la víctima.
De contextura delgada, trigueño y con varios tatuajes en el brazo derecho, Yasmani Valle Delgado pasó la víspera de su muerte arreglando la moto de su amigo Bryan Rafael. “Eso fue temprano. Aproximadamente a las diez de la noche, Bryan fue a ver a mi hijo a la casa, Bryan lo había invitado a una fiesta. Luego mi hijo regresó a las 2 de la mañana, yo le abro la puerta, pensé que iba a ingresar a dormir, y dijo que iba a estar afuera con Bryan y con el mudo, ahí estuvieron bebiendo”, declaró Delgado en la audiencia, diligencia en la que el acusado se presentó virtualmente desde el Centro de Privación de Libertad n.º 1 Guayas (ex-Penitenciaría del Litoral).
En su testimonio, en la audiencia de sentencia presidida por los jueces José Cañizares, Kelttya López y Vanessa Vera, Bryan contó que los tres -él, Jefferson y Yasmani- bebieron hasta que se acabaron los tragos.
Sin embargo, esta versión entró en contradicción con la de alias Mudo. Con la asistencia de una perito intérprete de señas, Jefferson aseguró que esa madrugada Bryan no se fue en moto como declaró en su testimonio, sino caminando. “Los dos siempre vamos caminando, ese día andábamos caminando. Él tiene la moto en la casa, muchas veces se transporta en ella, pero ese día lo vi sin su moto”, declaró Jefferson, quien sumó otra contradicción cuando afirmó que se despidió de Bryan alrededor de las tres o cuatro y media de la madrugada y no a las cinco de la mañana. La versión del carro rojo fue desacreditada en el proceso por falta de pruebas.
La muerte de Yasmani se produjo por “politraumatismos consecutivos por la explosión”. “El mecanismo de muerte fue una hemorragia aguda, interna y externa, por laceración multiorgánica”, señaló el médico legal, que además reveló: “las lesiones en el cuerpo de la víctima tenían un borde de reacción vital, lo que nos hacía determinar que la explosión se produjo cuando la persona estaba aún con vida”.
La fuerte explosión en la manzana 759 despertó a los vecinos, entre ellos a la hermana de Yasmani, que la noche del crimen se había quedado en casa de su novio, a pocos metros del lugar de la explosión.
En su versión, Bryan afirmó que tras despedirse de Jefferson se dirigió en su moto al departamento que alquilaba en el sector, pero que en el camino lo detuvo alias Pilazo, hijo de su arrendadora, y luego escucharon la explosión: “Nos quedamos mirando y dijimos qué habrá pasado, y digo ‘quizás fue un tanque de gas que explotó’. Prendo mi moto y me voy en dirección a la explosión”. Bryan dijo que llegó al sitio y solo vio humo y polvo, y que al querer irse la moto se le apagó. Cuando la prendió -declaró- volvió a su casa y se acostó a dormir.
En la audiencia no se presentó Pilazo para respaldar la versión de Bryan, cuyo departamento fue allanado a las siete de la mañana del día del asesinato. Ahí, un grupo de policías encontró paquetes de “explosivo secundario de alto poder”. “Eran cinco objetos de cuerpos cilíndricos adheridos a una mecha de seguridad”, señalaron agentes policiales.
Para justificarse, Bryan declaró que ese material le dio ‘un chico de otra banda que lo tenía amenazado’. En el juicio no consta el nombre del chico ni de la banda. “Quedó en mero enunciado”, mencionaron los jueces en la sentencia condenatoria.
“Respecto a la pericia química de los explosivos se pudo determinar que en la escena del crimen se encontró polímero de alta densidad en los que se detectaron nitratos y amonio, sustancias que también fueron encontradas en el domicilio del procesado el día del allanamiento”, concluyeron los jueces José Cañizares y Vanessa Vera en la notificacaión de su sentencia condenatoria.
En ella, los magistrados citaron un principio fundamental de los manuales de Criminalística: “No hay delincuente que a su paso por el lugar de los hechos no deje tras de sí alguna huella aprovechable”.





















